Recomendaciones para facilitar la actuación de la UE frente a los delitos ambientales

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El proyecto financiado con fondos europeos EFFACE ha elaborado una serie de recomendaciones exhaustivas sobre las mejores fórmulas que se pueden adoptar en la UE para detectar delitos ambientales y sancionar adecuadamente a los responsables. Pese a que existen posturas divergentes con respecto a la definición exacta de delito ambiental, el proyecto EFFACE, que celebró su congreso de clausura en Bruselas, basó su labor en la premisa de que estos delitos son aquellos que provocan daños al medio ambiente y que, con frecuencia, también tienen un impacto negativo sobre los ciudadanos que residen en las zonas afectadas. Los delitos ambientales pueden además estar asociados a la delincuencia organizada o a la corrupción y, por ende, manifestarse como incidentes de muy diversa índole.

Los investigadores de EFFACE han realizado 12 estudios de caso exhaustivos que se centran en diversos sectores afectados por los delitos ambientales tanto en la Unión Europea como en otros países. El foco de atención se situó en la minería, la pesca, la conservación de la flora y la fauna, los residuos, la contaminación y en el cultivo ilegal de sustancias estupefacientes, entre otros. A partir de los estudios de caso, el proyecto ofreció recomendaciones detalladas sobre las mejores fórmulas que se pueden adoptar en Europa para identificar, perseguir y sancionar a los individuos y las organizaciones que cometan delitos ambientales.

Entre las principales propuestas referentes a la UE, el proyecto sostiene que deberían adoptarse normativas en materia de incautación y decomiso de las ganancias derivadas de este tipo de delitos en toda la Unión -básicamente, se trata de impedir que quienes cometan delitos ambientales puedan beneficiarse de ello-. Además, todos los Estados miembros de la UE deberían ajustarse a unos criterios mínimos comunes en lo concerniente a las inspecciones y las labores de control. A escala nacional, deberían imponerse sanciones civiles y administrativas, incluyendo multas. En los casos en que resulte pertinente, la sanción a los infractores debería incluir la obligación de reparar los daños causados.

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