Miguel Tamayo Monedero

Ingeniero técnico industrial y jefe de Negociado del Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Sevilla

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“Una vez concluido el mapa estratégico de ruido, que está en ejecución, podremos comparar en qué situación nos encontramos respecto al período anterior”

Miguel Tamayo Monedero

La contaminación acústica es uno de los problemas cotidianos que más afectan a la población y, en la actualidad, es origen de un gran número de quejas, reclamaciones o reivindicaciones ciudadanas. Por ello, los Ayuntamientos, conscientes de la importancia del ruido para la ciudadanía, han puesto en marcha diversos mecanismos para conocer con detalle los problemas existentes en sus municipios y establecer las medidas necesarias, con el fin de conseguir una ciudad más silenciosa, o al menos mejorarla en aquellos puntos de la ciudad en los que se había deteriorado. El Ayuntamiento de Madrid fue la primera Administración Local en aprobar una ordenanza dedicada exclusivamente al ruido, en 1969. Una iniciativa que aplicaron posteriormente numerosos consistorios, y que se fueron ajustando a los cambios y requerimientos que surgían en cada momento.

El Ayuntamiento de Sevilla cuenta con el Servicio de Protección Ambiental, que dispone de tres secciones, de las cuales dos de ellas, Licencias y Disciplina ambiental, integran, en total, quince técnicos, distribuidos entre siete ingenieros técnicos industriales, dos arquitectos, cinco titulados de formación profesional y un delineante, que desarrollan diversos cometidos, en función de su especialización. Miguel Tamayo Monedero es ingeniero técnico industrial y jefe de Negociado del Servicio de Protección Ambiental de la capital andaluza, con quien Técnica Industrial ha conversado para conocer más a fondo cómo funciona la gestión del ruido en una ciudad como Sevilla.

Debido a su amplia trayectoria profesional en el Ayuntamiento de Sevilla, donde se incorporó en 1986, ha sido testigo de la evolución que ha experimentado el Servicio de Protección Ambiental. En líneas generales, ¿cómo ha sido el avance hasta llegar a nuestros días, especialmente en materia de normativa acústica?
Hay un antes y un después de la Ley del Ruido (Ley 37/2003, de 17 de noviembre), y del Documento Básico de Protección frente al ruido “DB-HR” del Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre). El gran avance que para los ayuntamientos han supuesto estas dos normas, y sus posteriores desarrollos, ha sido el de disponer de instrumentos objetivos de verificación in situ de parámetros acústicos. Hay que resaltar también la labor, no menos importante, de las ordenanzas municipales de protección contra el ruido, que regulan aspectos fuera del ámbito de normas estatales y autonómicas, por ejemplo, comportamientos ruidosos vecinales y en la vía pública, fiestas y eventos populares, uso de aparatos y máquinas ruidosas, carga y descarga de mercancías, instalación de veladores en la vía pública, etc. El Ayuntamiento de Sevilla aprobó su primera ordenanza contra la contaminación acústica en 1987, la segunda en 2001, y la última en 2014, adaptada a las normas de la Administración central y autonómica vigentes.

“El Ayuntamiento de Sevilla aprobó su primera ordenanza contra la contaminación acústica en 1987, la segunda en 2001, y la última en 2014, adaptada a las normas de la Administración central y autonómica vigentes”

¿En qué consiste su trabajo principalmente? ¿Cuáles son sus funciones más destacadas?
El Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Sevilla dispone de tres secciones, de las cuales dos de ellas, Licencias y Disciplina ambiental, integran en total quince técnicos, distribuidos entre siete ingenieros técnicos industriales, dos arquitectos, cinco titulados de formación profesional y un delineante. Todos ellos, en orden a su especialización, desarrollan diversos cometidos. Las funciones más destacadas son, en primer lugar, el control posterior de actividades, que comprende dos fases. En la primera, se realiza la evaluación del proyecto de la actividad sujeta a legalización por declaración responsable: si dicha evaluación resulta favorable, se pasa a la segunda fase, en la que se realiza la inspección de la actividad, con objeto de verificar su adecuación al proyecto presentado y a la normativa aplicable, emitiéndose finalmente el correspondiente informe de control posterior, que puede ser favorable o desfavorable según proceda. No obstante, si la revisión y evaluación en la primera fase no es favorable, no ha lugar la inspección de la segunda fase, emitiéndose en tal caso informe desfavorable.

En segundo lugar, la inspección disciplinaria de actividades. Tras inspección por denuncia formal presentada o actuación de la Policía Local, se emite la correspondiente acta para su incorporación en el expediente disciplinario a efectos de la resolución que proceda adoptar.

En tercer lugar, la ejecución de mediciones acústicas comprobatorias. Se realizan, sobre todo, a nivel disciplinario, pero también a nivel de prevención, con objeto de comprobar el cumplimiento de los parámetros y exigencias acústicas establecidos en la normativa aplicable.

En cuarto lugar, la gestión y planificación acústica ambiental. Se efectúan las siguientes actuaciones: elaboración de ordenanzas contra la contaminación acústica, cometido del cual me encargo personalmente, así como la modificación y actualización de dichos textos conforme a las nuevas normas que vayan aprobándose por las administraciones y organismos competentes en la materia; la ejecución de la zonificación acústica del municipio en áreas de sensibilidad acústica; la Declaración de Zonas Acústicamente Saturadas, y la supervisión y control de ejecución de mapas estratégicos de ruido.

¿Cuáles son los principales problemas a los que se enfrenta una ciudad como Sevilla en materia de ruido ambiental?
De entre todos, cabe destacar el ruido generado por el tráfico rodado y por las actividades de ocio, en especial la hostelería y los espectáculos públicos. El tráfico rodado aporta la mayor incidencia, ya que contribuye con el mayor porcentaje en cuanto a contaminación acústica en comparación con el resto de emisores acústicos; sin embargo, es el ruido generado por las actividades de ocio, sobre todo establecimientos de hostelería con terrazas y veladores y establecimientos de espectáculos públicos, el que más denuncias genera. Parece que nos hemos acostumbrado a vivir con un cierto nivel de ruido de fondo debido al tráfico, pero no soportamos ruidos intempestivos como los generados por las actividades de ocio.

“El tráfico rodado aporta la mayor incidencia, ya que contribuye con el mayor porcentaje en cuanto a contaminación acústica en comparación con el resto de emisores acústicos”

Los mapas de ruido son una de las principales herramientas para la gestión ambiental del ruido, ¿en qué situación se encuentra la ciudad de Sevilla en este sentido?
Tres son los mapas estratégicos de ruido de la aglomeración de Sevilla realizados hasta la fecha, encontrándonos en la actualidad finalizando el correspondiente a la cuarta fase, cuya finalización está prevista para antes de final de 2024.

El tráfico rodado en una ciudad aporta la mayor incidencia en cuanto a contaminación acústica. Foto: Pexels-Pixabay

¿Qué actuaciones y medidas se están llevando a cabo en dicha gestión ambiental?
De las actuaciones que han contribuido en cierta medida a mejorar la calidad del ruido debido al tráfico rodado, podemos destacar la implantación del “Carril Bici” (Sevilla lidera la facilidad para el desplazamiento en bicicleta en Andalucía y en España, con una red de carriles bici que se extiende por 136 kilómetros de la ciudad), calles peatonales (más de 100 kilómetros), la incorporación de las líneas de Metro y Metro-Centro, la limitación de velocidad de circulación de vehículos, la instalación de asfalto sonorreductor en algunas vías de la ciudad, y la incorporación de vehículos eléctricos de transporte público.

De las actuaciones en materia de ruido de actividades de ocio, cabe destacar la Declaración de Zonas Acústicamente Saturadas, que conlleva la prohibición de implantación de determinadas actividades en dichas zonas, la restricción de horarios de funcionamiento de terrazas y veladores, la prohibición de actividades de hostelería con música, discotecas, salas de fiesta y similares en edificios de viviendas o en colindancia con viviendas, el control de limitadores acústicos en actividades con música, y la exigencia de certificaciones de mediciones acústicas sobre aislamiento y acondicionamiento acústico, y ruido y vibraciones en determinadas actividades.

“Tres son los mapas estratégicos de ruido de la aglomeración de Sevilla realizados hasta la fecha, y en la actualidad se está finalizando el correspondiente a la cuarta fase, cuya finalización está prevista antes del final de 2024”

A tenor de las actuaciones realizadas en los últimos años, ¿se ha logrado mitigar los problemas causados por el ruido?
Dado que los mapas estratégicos de ruido tienen una validez de cinco años, una vez concluido el actual en ejecución, podremos comparar en qué situación nos encontramos respecto al período anterior. No obstante, en lo que se refiere al tráfico rodado, dado que Sevilla tiene una movilidad importante de parque automovilístico desde zonas como, por ejemplo, el Aljarafe, Montequinto, Alcalá de Guadaira, Coria, Sevilla-Este, etc., sobre todo en horas punta, se colapsan muchas calles y avenidas de la ciudad. Por otra parte, en lo que se refiere al ruido de actividades, se ha logrado controlar más el ruido en el interior de los establecimientos que en el exterior; la causa es el aumento notable que, tras la pandemia, ha supuesto la implantación de terrazas y veladores en actividades de hostelería, causado en gran parte por el incremento del turismo.

¿Hay una normativa específica para las obras de nueva construcción relacionada con la protección ambiental?
La normativa específica es el Real Decreto 1371/2007, de 19 de octubre, por el que se aprueba el Documento Básico de Protección contra el Ruido “DBHR” del Código Técnico de la Edificación, de aplicación principalmente a edificios de nueva planta destinados a uso residencial público y privado, docente, administrativo y sanitario. No obstante, el DB-HR no establece obligación de certificar mediante ensayo acústico “in situ” el cumplimiento de las exigencias y los límites acústicos establecidos en dicho documento; sin embargo, en Andalucía, dicha obligación sí está establecida por el Decreto 6/2012, de 17 de enero, y en el municipio de Sevilla, más ampliamente, por la ordenanza contra la contaminación acústica, ruido y vibraciones. Según establece la citada ordenanza, no pueden concederse licencia de ocupación o de utilización (actualmente tramitadas por declaración responsable) sin haberse llevado a cabo los ensayos y las certificaciones acústicas recogidos en el Documento Básico de Protección contra el Ruido “DB-HR”.

En cuanto a las mediciones de la presión sonora, a través de sonómetros, ¿cómo ha evolucionado la normativa en este aspecto?
Las normas técnicas sobre medidas acústicas han ido evolucionando con el paso del tiempo implementando cambios significativos en lo que se refiere a métodos y procedimientos a emplear. Nos referimos a las normas técnicas UNE-ISO; UNE-EN ISO; UNE-EN IEC; UNE-EN y UNE-EN ISO/IEC, cuya referencia de obligado cumplimiento se establece en los reales decretos, decretos y ordenanzas en materia de protección contra la contaminación acústica. No obstante, para aquellos casos donde no hay aprobada norma técnica alguna para una determinada valoración acústica, son los decretos de las comunidades autónomas y, sobre todo, las ordenanzas municipales, los que establecen los métodos y procedimientos de medición y valoración a emplear en cada caso.

¿Se instalan sonómetros de forma habitual en las zonas saturadas de la ciudad?
Siempre que se inicia un expediente de declaración de zona acústicamente saturada (ZAS), hay que ubicar estaciones de medición de ruido en aquellos sectores de la ciudad con acumulación de actividades recreativas y de esparcimiento, fundamentalmente bares, restaurantes, discotecas y similares, sobre todo, si disponen de terrazas con veladores. En este sentido, el Ayuntamiento de Sevilla ha adquirido este año un total de cincuenta nuevas estaciones de medida de ruido, con objeto de iniciar un plan de revisión de las doce zonas acústicamente saturadas (ZAS) actualmente declaradas, comenzando por la ZAS nº 3 “Arenal”.

¿Cuál es el procedimiento habitual que sigue a una denuncia por ruido ambiental, ya sea por parte de un particular o de una inspección municipal que se haya realizado?
Resumidamente, tras la comprobación de los términos objeto de denuncia y elaboración de la correspondiente acta de inspección, se incorpora dicha actuación en el correspondiente expediente disciplinario al efecto de la resolución que en su caso proceda adoptar.

¿Considera que queda todavía mucho camino por recorrer en materia de contaminación acústica y gestión del ruido ambiental?
En materia de ruido procedente de actividades, las dificultadas y el camino a recorrer en esta materia se encuentran básicamente a nivel organizativo y de toma de decisiones por parte de los órganos y autoridades competentes. En ciudades como Sevilla, con una alta afluencia de turismo durante todo el año, y con un clima benigno para el desarrollo de actividades de ocio en calles, parques y plazas de la ciudad, es complicado en algunas zonas compaginar ocio y descanso, existiendo dos estamentos históricamente enfrentados, las asociaciones de hosteleros, por una parte, y las plataformas ciudadanas contra el ruido, por otra.

En materia de ruido procedente del tráfico rodado, aunque se ha avanzado bastante, incorporando medidas encaminadas a reducir el índice anual de valoración de ruido ambiental, hay que tener en cuenta que por Sevilla circulan diariamente 400.000 vehículos aproximadamente. El 53,7 por ciento de estos procede del interior de la propia capital y el 46,3 por ciento del área metropolitana, sobre todo, por zona Aljarafe Central y Aljarafe Sur (A-49, A-8057 y A-8058, es decir, de las carreteras de Coria-San Juan y Mairena), y de las zonas de Montequinto y Alcalá de Guadaíra. El diagnóstico indica que existen en total 1.139.964 desplazamientos en Sevilla en un día medio laborable, con 1,95 viajes por persona, y 22 minutos de media de duración del trayecto. Con todo lo anterior, es previsible pensar que el gran avance para reducir el ruido debido al tráfico rodado se producirá a medio-largo plazo, cuando el parque automovilístico esté integrado mayormente por vehículos a motor 100 % eléctricos.

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