Los colegios catalanes firman un convenio para colaborar con la Generalitat en materia de mediación
Por su parte, el Consell, con la colaboración de los colegios que lo integran, se compromete a desarrollar las funciones que, como colegio profesional en el ámbito de la mediación, se establecen el artículo 22 de la Ley 15/2009. Entre ellas destacan las siguientes: gestionar el registro de personas mediadoras colegiadas, así como comunicar las altas y bajas en el CMDPC; proponer al centro de mediación la persona mediadora cuando las partes se dirijan a cualquiera de los colegios profesionales que formen parte del Consell; llevar a cabo la formación específica y declarar la capacitación de las personas mediadoras; cumplir la función deontológica y disciplinaria respecto a los colegiados que ejerzan la mediación; comunicar al CMDPC las medidas adoptadas como consecuencia de los expedientes disciplinarios abiertos a las personas mediadoras o introducir, en el ámbito de la formación especializada que realicen, el estudio de las técnicas de mediación, de negociación y de resolución alternativa de conflictos, entre otras funciones.
El Consell integra a los colegios de ingenieros técnicos industriales de Barcelona, Girona, Lleida, Manresa, Tarragona y Vilanova i la Geltrú. Forma parte también del comité asesor, organismo de carácter consultivo, cuya creación se establece en el artículo 24 de la Ley 15/2009, y que tiene el objetivo de impulsar y difundir la mediación. El comité asesor está formado por representantes de los colegios profesionales de la mediación, y de las asociaciones representativas, así como por expertos con experiencia y representantes del CMDPC.