El Tribunal Constitucional reafirma la colegiación obligatoria para los empleados públicos

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El Boletín Oficial del Estado, del pasado 17 de agosto, publicó la sentencia del Tribunal Constitucional 82/2018, de 16 de julio de 2018, en la que se declara la inconstitucionalidad de la exención autonómica de colegiación de los empleados públicos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por vulnerar las competencias estatales al contravenir la legislación básica dictada en la materia (art. 3.2 de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales).

Esta sentencia se dicta en congruencia con las sentencias del TC dictadas en el año 2013, en virtud de los recursos de inconstitucionalidad promovidos anteriormente sobre la misma cuestión, por lo que reitera su doctrina en este sentido, y rechaza que se permita ejercer sin estar colegiado.

La sentencia establece que “la normativa estatal no exceptúa a los empleados públicos en general de la necesidad de colegiación en el caso de que pres-ten servicios solo, para, o a través, de una Administración pública”.

El Tribunal Constitucional subraya sea de manera acotada o limitada. “Ello que trabaja como funcionario facultativo que las Comunidades Autónomas con no constituye un desarrollo sino una de producción y sanidad animal de la Cocompetencia de desarrollo del régimen contradicción de las mismas, que las munidad Autónoma de Cantabria, contra jurídico de los colegios profesionales de desvirtúa y excede de su competencia”, la denegación de su baja voluntaria en el conformidad con las bases estatales, apostilla. Colegio de veterinarios de ese territorio, como es el caso de Cantabria, no pue-El caso resuelto por el Constitucional en aplicación de la excepción legal cuya den introducir excepciones a la exigen-versa sobre un recurso contencioso-admi-constitucionalidad se cuestiona en este cia obligatoria de colegiación, aunque nistrativo interpuesto por un veterinario proceso.


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