El Consejo General denuncia a cuatro empresas por infracciones en la certificación energética de edificios

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El Consejo General de la Ingeniería Técnica Industrial (Cogiti) ha denunciado, ante las correspondientes Consejeríasde las comunidades autónomas, a cuatro empresas por cometer infracciones sancionables en materia de certificación energética de edificios, de obligado cumplimiento desde el pasado 1 de junio para vender o alquilar inmuebles, en cumplimiento del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril.

En la denuncia presentada se indica que las empresas aludidas ofrecen, a través de las páginas web o mediante publicidad insertada en los medios de comunicación escritos, la formulación de los certificados de eficiencia energética de edificios “a distancia” y “de oído”, sin que el técnico visite presencialmente el inmueble, de forma que infringen la exigencia impuesta por el artículo 5.5 del Procedimiento Básico aprobado por el Real Decreto 235/2013, que claramente exige que “durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará las pruebas y comprobaciones necesarias, con la finalidad de establecer la conformidad de la información contenida en el certificado de eficiencia energética con el edificio o con la parte del mismo”.

Según consta en la denuncia, “lo que las correspondientes empresas o profesionales ofrecen es, pura y llanamente, que el cliente sea quien suministre a su libre antojo los datos o fotografías del edificio, o la parte del mismo, que vayan a ser objeto de la certificación. Todo ello, por lo tanto, sin la más mínima garantía de la veracidad de los datos e imágenes aportados”.

Escrito a las Consejerías con competencias en certificación

Por todo ello, el Cogiti ha remitido un escrito a las Consejerías de las comunidades autónomas con competencia enmateria de Certificación Energética de Edificios, denunciando la mala praxis por parte de las citadas empresas, puesto que sus órganos son responsables del control independiente de estos certificados, y han de ejercer cuantas inspecciones sean necesarias al respecto.

A ello hay que añadir que, como consecuencia de los perjuicios que esta mala práctica puede ocasionar a los compradores o arrendatarios de los inmuebles, y “al interés público general cifrado en el ahorro de energía”, a consecuencia de la emisión de certificados de eficiencia energética falsos, la Administración competente podría incurrir en responsabilidad indemnizatoria frente a esos terceros, con motivo del funcionamiento “anormal” del servicio público.

“Se está incumpliendo de forma flagrante la normativa en esta materia, y al mismo tiempo se está haciendo un flaco favor a la sociedad, con la comisión de estas y otras irregularidades. Además, cuando se frivoliza de esta forma tan descarada sobre un trabajo profesional, que debe contener un determinado rigor profesional y técnico, se está restando importancia al mismo, y esto va en la dirección contraria que persigue la normativa, y es que el ciudadano piensa que se trata de una tasa más que se ha inventado la Administración para continuar con su afán recaudatorio, y se obvia por completo el fin perseguido. La eficiencia energética es algo realmente beneficioso para la sociedad en muchos aspectos como el económico, el confort, el medio ambiente, etcétera, y tenemos la obligación de transmitirlos correctamente para generar la cultura que posibilite conseguir los objetivos marcados”, ha manifestado el presidentedel Consejo general de la Ingeniería Técnica Industrial, José Antonio GaldónRuiz.

“Desde el Consejo General mantendremos la firmeza para atajar la competencia desleal y la mala praxis, en esta y otras actuaciones profesionales, y siempre en defensa de los ciudadanos, dado que es una de las misiones que nos han sido encomendadas a los colegios profesionales”, concluye.

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