Cualificaciones profesionales en Europa, un éxito para nuestras instituciones

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El Pleno del Parlamento Europeo reunido en Estrasburgo procedió el pasado día 11 de febrero a la votación en primera lectura de la propuesta de directiva sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales 2002/0061. Desde el inicio del proceso legislativo, el colectivo de ingenieros técnicos industriales ha mantenido una dura batalla en defensa del reconocimiento de sus cualificaciones profesionales conforme a lo previsto en la legislación española. Los éxitos alcanzados hasta el momento permitirán a los ingenieros técnicos españoles situarse en el máximo nivel de cualificación profesional.

Con el fin de afrontar los futuros retos de la integración europea, la Comisión remitió el pasado año al Parlamento Europeo y al Consejo la propuesta de Directiva relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales 2002/0061/COD. Esta propuesta de directiva recopila todos los textos relativos al reconocimiento de diplomas en un solo documento y pretende facilitar la movilidad de los trabajadores en los países miembros de la Unión Europea.

Esta propuesta de directiva no sólo afecta a todas las profesiones, médicos, ingenieros, arquitectos, sino también a los guías turísticos, monitores de esquí o fontaneros, entre otros.

El reconocimiento de las cualificaciones profesionales permite al beneficiario acceder, en el Estado miembro de acogida, a la profesión para la que está cualificado y ejercerla con los mismos derechos que los nacionales cuando se trata de una profesión regulada en ese Estado miembro. A falta de una correspondencia exacta entre la cualificación exigida en el Estado miembro de origen y en el de acogida, el emigrante deberá efectuar una medida compensatoria (período de prácticas de adaptación o prueba de aptitud).

Por lo que se refiere a la libertad de establecimiento, el texto distingue entre el régimen general, que comprende cinco niveles distintos de cualificación en función de los años de estudio, y el régimen específico aplicable a profesiones como médicos, arquitectos, comadronas y dentistas.

“PARA EL COLECTIVO DE LOS INGENIEROS TÉCNICOS INDUSTRIALES ESPAÑOLES SE ABRE TRAS LA VOTACIÓN DE LA PROPUESTA DE DIRECTIVA UN NUEVO HORIZONTE QUE FACILITARÁ LA CIRCULACIÓN DE LOS INGENIEROS ESPAÑOLES EN EUROPA”

Para el colectivo de ingenieros técnicos españoles se abre tras la votación de la propuesta de directiva un nuevo horizonte que facilitará la circulación de los ingenieros españoles en Europa, quienes gozaran de un nivel de cualificación profesional equiparable al de sus colegas alemanes, ingleses, portugueses y holandeses, cuya formación es de tres años de estudios universitarios.

Aunque sin éxito, el eurodiputado Steffano Zappalà, pretendía establecer una sección específica de ingeniería, en la que se definía explícitamente la profesión de ingeniero, su formación, estudios y cualificación propia. Esta sección ha sido de gran disputa y rechazo por la mayoría de los eurodiputados de la eurocámara dado que el señor Zappalà trataba de lograr una definición de los estudios de ingeniería muy lejana a la realidad europea, y por supuesto, del modelo de ingeniero europeo de cuatro años con-forme a los criterios del proceso de Bolonia.

Gracias a las enmiendas planteadas por Marcelino Oreja y José Maria Gil-Robles, se permitirá que mediante la experiencia profesional, los ingenieros técnicos españoles puedan acceder al máximo nivel de cualificación profesional, nivel 5, previsto por la Comisión Europea. Conforme a esta «pasarela de acceso», las cualificaciones propias del colectivo de Ingenieros técnicos españoles se verán reconocidas tanto en España como en el resto de países miembros de la Unión Europea.

La profesión de ingeniero se definirá en un futuro, en las llamadas «plataformas comunes» según ha defendido el colectivo de ingenieros técnicos españoles. Estas plataformas comunes serán especialmente útiles para aquellos profesionales que no tengan armonización comunitaria sectorial.

Por otro lado, gracias a las enmiendas presentadas por diferentes eurodiputados, entre ellos Marcelino Oreja y José Maria Gil-Robles, se establecerán unos mecanismos de incorporación o adscripción a la organización profesional en destino, cuando los profesionales se desplacen a otros países de la Unión Europea para ejercer su profesión. La motivación que incita esta postura se debe a que los colegios profesionales u organizaciones profesionales en Europa son competentes a la hora de asegurar el control deontológico del ejercicio profesional. Esta enmienda ha sido promovida desde los inicios del proceso legislativo por el colectivo de ingenieros técnicos industriales que ha mostrado su preocupación ante el menoscabo de la protección del interés general y la protección del consumidor.

Con esta votación se cierra la primera lectura de la propuesta de directiva. Esta directiva está sujeta al procedimiento de codecisión, por lo que ahora hay que esperar a la posición común del Consejo para ver si se continúa con el procedimiento, pasando a una segunda lectura o bien se finaliza con el acuerdo del mismo.

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