La autorización ambiental integrada para plantas industriales

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La nueva autorización ambiental integrada unifica en una sola todas las autorizaciones actuales para mejorar la prevención y el control de la contaminación industrial

Desde julio del 2002, las empresas que proyecten la implantación de ciertas actividades industriales o de ampliaciones, modificaciones o reformas sustantivas necesitarán una autorización ambiental integrada emitida por los organismos medioambientales de acuerdo con lo regulado en la Ley 16/2002, de prevención y control integrados de la contaminación. Las instalaciones existentes dispondrán de un período de adaptación hasta octubre de 2007.

Se trata de aplicar el principio de prevención en el funcionamiento de las instalaciones industriales más contaminantes, siguiendo la directiva europea 96/61/CE, relativa a la prevención y al control integrado de la contaminación, mediante el establecimiento de medidas para evitar o reducir las emisiones de las actividades a la atmósfera, el agua y el suelo, y la generación de residuos; para alcanzar la protección del medio en su conjunto. En la autorización ambiental integrada se fijarán las condiciones ambientales para el funcionamiento de las instalaciones, se especificarán los límites de emisión de sustancias contaminantes basados en las mejores técnicas disponibles, considerando las características de la instalación, la ubicación geográfica y las condiciones globales del medio ambiente.

La autorización ambiental integrada es una nueva figura de intervención administrativa que sustituye al conjunto disperso de autorizaciones ambientales actuales. La autorización se concederá por un período máximo de ocho años y se renovará por períodos sucesivos de la misma duración. Las modificaciones sustanciales requerirán nueva autorización, en tanto que las no sustanciales requerirán tan solo una comunicación al órgano ambiental.

Las autorizaciones ambientales tendrán un carácter previo al otorgamiento de las autorizaciones exigidas por la Ley de Industria de 1992, y previo también a las licencias municipales de actividades clasificadas por la legislación estatal o autonómica; teniendo su contenido ambiental un carácter vinculante para la concesión de autorizaciones y licencias. En la tramitación de la autorización ambiental son necesarios un informe del Ayuntamiento que acredite la compatibilidad del proyecto con el planeamiento urbanístico y un segundo informe municipal sobre los aspectos de la instalación que sean de su competencia.

La autorización de vertido a las aguas continentales, que otorgan las confederaciones hidrográficas, se traslada a la autorización ambiental integrada, emitiendo el organismo de cuenca un informe vinculante sobre la admisibilidad del vertido y sobre las características, condiciones y medidas correctoras.

Sectores y actividades industriales IPPC

Requerirán autorización ambiental integrada las actividades industriales que se relacionan en los anexos de la Ley que se incluyen en once agrupaciones. Son las siguientes:

1. Instalaciones de combustión.

2. Producción y transformación de metales.

3. Industrias minerales.

4. Industrias químicas.

5. Gestión de residuos.

6. Industria de papel y cartón.

7. Industria textil.

8. Industria del cuero.

9. Industrias agroalimentarias y explotaciones ganaderas.

10. Industrias que consuman disolventes orgánicos.

11. Industria del carbono.

Para cada grupo se establecen distintos subgrupos de actividad y se fijan los distintos umbrales a partir de los cuales las instalaciones están sujetas a autorización. De una forma genérica se someten a autorización instalaciones de gran tamaño; sin embargo, en determinados subsectores se incluyen a instalaciones de producción o volúmenes reducidos, como es el caso de la fabricación de productos cerámicos o de las instalaciones de tratamiento o eliminación de residuos.

Principios informadores

Al otorgar la autorización ambiental integrada, el órgano ambiental tomará en consideración que en las instalaciones se sigan los principios siguientes:

– La adopción de medidas adecuadas para prevenir la contaminación.

– Se evite o se reduzca la generación de residuos y su gestión adecuada, preferentemente mediante reciclado o reutilización.

– La utilización eficiente de la energía, el agua, las materias primas u otros recursos.

– Las medidas necesarias para prevenir los accidentes graves y limitar sus consecuencias sobre las personas y el medio.

– Las medidas para evitar el riesgo de contaminación cuando cese la explotación y el acondicionamiento del lugar.

Mejoras técnicas disponibles

El aspecto básico para la adaptación a la nueva normativa es la aplicación de las mejores técnicas disponibles para limitar o reducir las emisiones contaminantes y el impacto sobre el medio y la salud de las personas, entendiéndose como mejoras las técnicas más eficaces para conseguir un alto nivel de protección.

Los aspectos que deben tenerse en cuenta para determinar las mejores técnicas disponibles, teniendo en cuenta los costes y beneficios para la precaución y prevención de la incidencia ambiental, se refieren a:

El uso de técnicas que produzcan pocos residuos, el uso de sustancias menos peligrosas, los procesos, instalaciones o métodos probados, los avances técnicos, la caracterización, efectos y volumen de las emisiones, el plazo para la implantación de la técnica, el con-sumo de materias primas, agua y energía, la prevención o reducción del impacto de las emisiones y de los riesgos de impacto, la prevención de los riesgos de accidentes o la reducción de sus consecuencias.

Documentación para la solicitud y concesión de la autorización ambiental integrada

La documentación contendrá los aspectos y datos que se indican a continuación:

– Proyecto básico, que describa la actividad, las instalaciones y los procesos productivos.

– La documentación requerida para la obtención de la licencia municipal de actividades clasificadas.

– El estado ambiental del lugar donde se ubique, los posibles impactos y los que puedan originar al cesar la actividad.

– Los recursos, materias primas y auxiliares, sustancias, agua y energía empleadas o generadas.

– Las fuentes generadoras de emisiones en las instalaciones.

– Las características y cantidad de las emisiones al aire, a las aguas y al suelo. El tipo y cantidades de vertidos, y la determinación de los efectos significativos sobre el medio.

– La tecnología y las técnicas para prevenir, evitar o reducir las emisiones.

– Las medidas para la prevención, reducción y gestión de los residuos generados.

– Los sistemas y medidas para reducir y controlar las emisiones y los vertidos.

– Otras medidas de prevención de la contaminación aplicando las mejoras técnicas disponibles. Eficiencia en el uso de materias, agua y energía. Prevención de accidentes graves.

– Si existen alternativas a los aspectos citados, se hará un resumen de las mismas.

Si observamos la tabla 1, donde se esquematiza el contenido de la documentación para la solicitud de la autorización ambiental integrada y lo comparamos con la estructura especificada en el reglamento estatal de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos, aprobado por el R.D. 1131/1988, se observan grandes similitudes en la estructura de ambos.

En este sentido los apartados A.1, A.4, A.5 y A.6 de la documentación para la Autorización Ambiental Integrada que se refieren al proyecto, materias empleadas y emisiones, se corresponden con el apartado B.1 de un Estudio de Impacto Ambiental. El apartado A.3 relativo al estado ambiental de la ubicación se corresponde con el B.3 concerniente al inventario ambiental. Los apartados A.7, A.8, A.9 y A.10, relativos a medidas de prevención, reducción y control, le corresponde a los apartados B.5 y B.6 concernientes a medidas protectoras y correctoras y al programa de vigilancia ambiental. El apartado A.11 sobre alternativas estudiadas se corresponde al B.2 sobre el examen de alternativas nobles.

Por tanto, existe un considerable paralelismo entre ambos aunque el tratamiento del contenido puede diferir en orden a un mayor contenido técnico y precisión en la documentación para autorización integrada; en tanto que el estudio de impacto aparenta un tratamiento más genérico y centrado en el medio ambiente como receptor de las acciones del proyecto.

Modificaciones de la instalación

Para la emisión por el órgano ambiental de una nueva autorización en caso de instalaciones que se modifiquen, se debe determinar si la modificación se considera sustancial, a cuyo fin se tendrá en cuenta si aumenta la incidencia sobre la seguridad, la salud de las personas o sobre el medio ambiente. Se valorarán los aspectos relativos a:

– El tamaño y producción de la instalación.

– Los recursos utilizados.

– El consumo de agua y energía.

– El volumen y tipología de los residuos.

– La capacidad de regeneración de la áreas eventualmente afectadas y su calidad ambiental.

– El grado de contaminación que se pueda ocasionar.

– El riesgo de accidentes.

– La nueva aportación o aumento del uso de sustancias peligrosas.

Finalidad de la autorización ambiental integrada

La autorización ambiental especifica las condiciones mediante las que deben alcanzarse los objetivos para:

1º. Evitar o reducir la contaminación para proteger el medio en su con-junto.

2º. Disponer un sistema de prevención y control integrado.

Y es un requerimiento previo al otorgamiento de las autorizaciones o licencias que sean necesarios.

Contenido de la autorización ambiental integrada

La autorización contendrá al menos condiciones respecto a:

– Los valores límites de emisión, basados en las mejores técnicas disponibles, para las sustancias contaminantes.

– Las prescripciones que garanticen la protección del suelo y de las aguas subterráneas.

– Los procedimientos para la gestión de residuos.

– Las prescripciones para reducir la contaminación a larga distancia.

– Los sistemas para el tratamiento y control de las emisiones y de los residuos. Se especificará la metodología de medición, la frecuencia y la evaluación de las mediciones.

– Las medidas relativas a condiciones de explotación distintas de las normales: puesta en marcha, fugas, fallos de funcionamiento, paradas temporales o cierre definitivo.

La autorización se otorgará por ocho años, actualizada y renovable por períodos sucesivos, salvo que se efectúen las modificaciones sustanciales que se citaron en los apartados anteriores.

Las sustancias contaminantes para las que se limitan las emisiones se han listado en dos apartados: un primer apartado relativo a la atmósfera, que incluye compuestos de azufre, nitrógeno, metales, cloro, flúor, etc. El segundo apartado se refiere a las aguas, que incluye compuestos organohalogenados, organofosforados, metales y otros, y también sustancias que contribuyen a la eutrofización (nitratos y fosfatos) y sustancias que inciden desfavorablemente en el balance de oxígeno, medidos por la DBO5 y DQO.

Directiva IPPC

La Directiva 96/61/CE, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (Directiva IPPC), publicada en septiembre de 1996, es el origen de las autorizaciones ambientadas integradas y de los planes sectoriales de inspección. Sus objetivos y principios son los de la política comunitaria respecto al medio ambiente, en particular en lo concerniente a la prevención, reducción y eliminación de la contaminación, actuando preferentemente en la misma fuente.

Se plantea poner en práctica un enfoque integrado para la prevención y el control de la contaminación procedente de las instalaciones industriales. Para ello se trata de forma conjunta la aplicación de la normativa relativa a la contaminación atmosférica, la contaminación por sustancias peligrosas vertidas al medio acuático y los residuos vertidos en el suelo. De esta manera se prevé evitar la transferencia de contaminación entre los diferentes ámbitos del medio ambiente y protegerlo en su conjunto.

Este planteamiento se completa con la elaboración de un inventario con las principales emisiones y las fuentes responsables. Este inventario se publicará cada tres años, basándose en la información transmitida por los estados miembros. Los parámetros que formarán parte de este inventario se reflejan en el cuadro nº 2, en el que se indican sectores industriales, medio receptor de emisiones, parámetros obligatorios y otros parámetros cuyo control es aconsejable. Tanto los parámetros obligatorios según el Inventario Europeo de Emisiones Contaminantes EPER, como los parámetros aconsejables, dependen del sector industrial.

También se plantea un intercambio de información entre los estados miembros y las industrias de cada sector, acerca de las mejoras técnicas disponibles, las prescripciones de control relacionadas con ellas, y su evolución.

Planes sectoriales de inspecciones medioambientales

El objetivo básico de los planes sectoriales es comprobar que los sectores productivos se adecuan a los requisitos medioambientales. También, se trata de definir las actuaciones necesarias para corregir las anomalías que se detecten. Se pretende conocer a la vez las necesidades de las plantas industriales que permitan adaptarse a la futura normativa europea.

Debe tenerse en cuenta que las industrias estarán obligadas a renovar sus autorizaciones ambientales actuales antes de Octubre de 2007. Las autorizaciones ambientales integradas, que requerirán las empresas potencialmente más contaminantes, se prevé que en esta comunidad autónoma se apliquen a una cifra próxima a las seiscientas plantas industriales.

Para cumplimentar los planes sectoriales se llevarán acabo visitas de inspección a las instalaciones, encuadradas por sectores de actividad. En la inspección se controlarán por un lado, los aspectos relativos a Prevención Ambiental: Autorizaciones sustantivas, autorizaciones ambientales, informes ambientales, declaraciones de impacto ambiental, planes de emergencia. Por otro lado, los aspectos relativos a medición de emisiones y vertidos, generación de residuos, consumo de materias primas y energía. La inspección se realizará de forma integrada, siguiendo las normas sectoriales y la normativa IPPC. Además de los sectores requeridos en la Directiva, se han incluido otros que presentan especial incidencia ambiental en Andalucía.

En las visitas debe aplicarse un planteamiento integrado, que tenga en cuenta la totalidad de impactos previstos de acuerdo con la normativa aplicable y con los programas de inspección. En las visitas se debe conseguir que las empresas conozcan mejor la normativa ambiental, las formas en las que el medio puede ser vulnerable y los impactos ambientales que pueden ocasionar sus actividades. Debe de valorarse la eficacia de los requisitos ambientales vigentes en las autorizaciones para controlar los riesgos e impactos ambientales de la instalación.

Los inspectores emitirán un informe con sus conclusiones sobre el cumplimiento de la normativa vigente, la evaluación y un dictamen sobre la conveniencia de medidas adicionales, de inspecciones de seguimiento o incluso de la necesidad de nueva autorización actualizada y adaptada a la situación observada.

Datos, procedimientos y resultados de la inspección

Previamente a la realización de la inspección a una instalación, se debe con-tar con datos relativos a los aspectos siguientes:

– Informe de las entidades colaboradoras en materia de empresas potencialmente contaminadoras de la atmósfera.

– Mediciones de vertidos solicitados a los titulares por las confederaciones hidrográficas o por los ayuntamientos, si se trata de saneamiento municipal.

– Informes de vertidos al litoral.

– Autocontroles.

– Mediciones en continuo.

– Declaraciones de producción de residuos peligrosos.

– Condicionado de autorizaciones.

– Declaraciones medioambientales.

– Planes de emergencia interior.

Los procedimientos de inspección que han sido elaborados en los últimos años, y los que se continúan elaborando, se han basado en los manuales existentes en otros países y en la experiencia recogida en las propias inspecciones. Habiéndose tenido en cuenta, además, los manuales recogidos en las propias nor-mas de análisis y evaluación del riesgo medioambiental.

Los resultados de la inspección se reflejarán en informes que indicarán la adecuación de la instalación a los requisitos medioambientales y deben especificar las actuaciones necesarias para corregir las anomalías detectadas. Los informes constarán de una parte, que estará a disposición pública donde se incluyen los datos de emisiones, vertidos y residuos. Otra parte será reservada, donde se incluirá los aspectos de proceso, eficiencia y otros aspectos propios de la empresa. También en esta parte se describirán organigramas, sistemas de gestión y controles intensivos.

Planes sectoriales en evaluación

Actualmente, a nivel de la comunidad autónoma se encuentra en evaluación los sectores y subsectores industriales siguientes:

– Generación de energía: térmicas, cogeneración.

– Producción y transformación de metales.

– Industria mineral: cementos, yesos, cales, cerámicas…

– Industrias de papel y cartón.

– Industria textil. Tinciones.

– Industrias agroalimentarias: mataderos, conservas animales, lácteos…

– Explotaciones ganaderas.

La previsión inicial indicaba entre quinientas y seiscientas empresas que debían evaluarse. Sin embargo, previsiones más recientes apuntan a un número del orden de ochocientas, principalmente debido este incremento a las industrias del sector cerámico y a las granjas de porcino.

La caracterización de la instalación se obtiene a partir del examen de la documentación administrativa, de los consumos, de la producción y de la gestión de residuos, que permita valorar los impactos del sector y subsectores industriales. Lo anterior se completa con la comprobación del cumplimiento de la legislación ambiental y, finalmente, se comparan los parámetros de la instalación visitada con las mejores técnicas disponibles del sector, para predecir el grado de dificultad de adaptación del sector a estas técnicas, y proponer las medidas correctoras.

De las evaluaciones sectoriales en curso, se han obtenido las conclusiones provisionales siguientes:

Instalaciones de combustión

Los grupos utilizan fuel-oil, gas natural y carbón. Los impactos más significativos se refieren a: contaminación atmosférica por partículas, por los gases SO2, NOx y CO2. Vertidos al medio acuático debido al agua de refrigeración, purgas de caldera, lavado de resinas. Residuos peligrosos, aceites usados, lodos de fuel y resinas usadas.

Las medidas correctoras plantean la utilización de combustibles menos contaminantes, el empleo de filtros de man-gas y/o electrofiltros, el tratamiento de vertidos en EDAR, la segregación y gestión de residuos.

Fabricación de cementos

Los impactos más característicos son la emisión de partículas y gases de combustión, la inmisión de partículas, los ruidos y la generación de residuos.

Las medidas correctoras se dirigen a la utilización de combustibles alternativos, la utilización de filtros de mangas y electrofiltros, los aislamientos acústicos y la gestión adecuada de residuos.

Instalaciones para fabricación de productos cerámicos

Este subsector presenta grandes variaciones en el tamaño de las instalaciones y en la tecnología aplicada, e incluye la producción de tejas, ladrillos, azulejos y otros.

Los combustibles utilizados son muy variados: fuel, cáscaras de semillas vegetales, orujo seco, etc., siendo aconsejable, especialmente en las instalaciones próximas a zonas urbanas la utilización de gas natural.

Las incidencias ambientales observadas se refieren a emisiones de los humos de cocción que ocasionan contaminación por partículas, cloruros, fluoruros, NOx, SO2, emisiones difusas y generación de aceites usados.

Las medidas correctoras se deben dirigir al empleo de combustibles limpios, al control de las tierras de cocción, empleo de filtros de mangas y gestión de residuos.

La evaluación de cada uno de los sectores continúa realizándose, lo que permitirá alcanzar mayor definición de la situación ambiental de cada uno de estos sectores y del cumplimiento de la normativa ambiental.


INFORME DE INSPECCIÓN AMBIENTAL

1. DATOS GENERALES

1.1. Resumen del proceso productivo.

1.2. Datos de consumo y producción.

2. EVALUACIÓN AMBIENTAL

2.1 Evaluación de la Calidad del Aire. Emisiones de gasese y partículas.

2.2 Evaluación de la Calidad del Agua. Emisiones líquidas.

3. CONCLUSIONES

3.1. Situación Administrativa

3.2. Sistema de gestión

3.3. Proceso productivo.
– Procesos principales.
– Procesos auxiliares.
– Almacenamientos.
– Materias primas.
– Productos y subproductos.
– Combustibles.
– Mantenimiento y conservación.

3.4. Consumo de agua y energía.

3.5. Calidad de aire.

3.6. Ruidos.

3.7. Calidad de aguas.

3.8. Gestión de residuos.

3.9. Gestión de envases y embalajes

3.10. Suelos Contaminados.

3.11. Prevención de accidentes graves.

4. EVALUACIÓN INTEGRADA DE LA INSTALACIÓN

ANEXOS

1. Esquema de fabricación.

Diagrama de proceso con impactos ambientales asociados.

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