El Supremo respalda a un graduado en ingeniería eléctrica
Una sentencia del Tribunal Supremo da la razón a un graduado en ingeniería eléctrica al que, después de haber aprobado las oposiciones de ingeniero industrial en Navarra, se le denegó el acceso por no tener el título de ingeniero industrial.
Todo comenzó en 2013, cuando al ingeniero navarro, tras superar las oposiciones y obtener la correspondiente plaza de ingeniero industrial, se le denegó el acceso a la misma por no tener la titulación de ingeniero industrial. Tras perder el recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, este fue elevado al Supremo, que ha aplicado de forma clara y evidente el Estatuto Básico del Empleado Público y las directrices marcadas por el Espacio Europeo de Educación Superior, que reformó el sistema universitario.
Queda en evidencia, por tanto, el que se requiera una titulación específica para ocupar un puesto de trabajo en la Administración pública, dado que se requieren otras capacidades y competencias que son objeto de la oposición, y queda totalmente claro que la titulación de graduado es la única que se puede exigir para optar al Grupo A (A1 o A2) de la función pública, siempre y cuando no haya una ley que exija otra titulación diferente, para lo que deberá haber una justificación de la misma.
Hasta la fecha, las Administraciones, en la mayoría de los casos, optaban por continuar con las denominaciones y titulaciones anteriores a Bolonia para definir la oferta de empleo público, marginando así a los nuevos titulados de grado, a los que se les impedía por sistema optar al Grupo A1, en contra de lo que indica de forma clara y concisa el artículo 76 del Estatuto del Empleado Público.
En este caso, ha quedado claro que un graduado puede tener los conocimientos y competencias que se exigen para ocupar la plaza de ingeniero industrial (grupo A1), por cuanto ha superado con éxito la fase de oposición, frente a otros titulados de máster en ingeniería industrial o ingenieros industriales. El demandante, tras un largo proceso, finalmente acudió al Tribunal Supremo, que terminó dándole la razón.
El presidente del Cogiti, José Antonio Galdón Ruiz, mostró su satisfacción por esta sentencia, que viene a hacer justicia y corrobora, además, las tesis que desde la institución se vienen defendiendo de forma enérgica durante los últimos años.