Competencia recurre un decreto de la Generalitat catalana

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La Comisión Nacional de los Mercados
y la Competencia (CNMC) ha vuelto a
reafirmarse en la tesis defendida en su
reciente informe, al establecer que reservar
la actividad a los arquitectos y arquitectos
técnicos en la realización de los
informes de evaluación de edificios carece
de justificación, y la normativa debería
permitir que muchos otros profesionales
capacitados (como los ingenieros técnicos
industriales) pudiesen entrar y competir
en la prestación de estos servicios.

La Audiencia Nacional ha admitido
a trámite un recurso interpuesto por la
CNMC contra un decreto de la Generalitat
de Cataluña sobre la rehabilitación
de edificios. De este modo, la CNMC se
reafirmar en el argumento defendido por
este organismo en su informe del pasado
30 de noviembre de 2015, en el que
autorizaba la redacción de informes de
evaluación de edificios a los ingenieros
técnicos industriales, frente a las tesis de
las diferentes Administraciones públicas
y el propio Ministerio de Fomento. Se ponía
fin, así, a la discriminación sufrida no
solo por los ingenieros técnicos industriales,
sino también por el resto de ingenieros,
para la realización de los informes
de evaluación de edificios conforme a la
Ley 8/2013.

En fecha 26 de octubre de 2015, la
CNMC recurrió el Decreto de la Generalitat
de Cataluña 67/2015, de 5 de mayo,
para el fomento del deber de conservación,
mantenimiento y rehabilitación de
los edificios de viviendas mediante las inspecciones
técnicas y el libro del edificio.

El decreto desarrolla el artículo 28 de
la Ley catalana 18/2007, de 28 de diciembre,
del derecho a la vivienda, que
señala que para acreditar el estado del
edificio es preciso un informe firmado
por un «técnico competente». El decreto
cierra lo que se considera un técnico
competente para realizar la inspección
técnica de edificios (ITE) (en la actualidad,
informe de evaluación de edificios)
y reserva esta actividad a los arquitectos
y arquitectos técnicos, limitando la entrada
y la competencia y reduciendo el
bienestar.

Según la CNCM, esta reserva de actividad
carece de justificación en los principios
de regulación económica eficiente, y
la normativa debería permitir que muchos
otros profesionales capacitados para realizar
la ITE (como los ingenieros técnicos
industriales) pudiesen entrar y competir
en la prestación de estos servicios.

Previamente a la interposición del recurso,
que se tramita en la actualidad en
la Audiencia Nacional, la CNMC requirió
a la Generalitat de Cataluña que modificase
el decreto en el sentido expuesto,
sin que esta haya respondido.

Más información: www.cogiti.es (Disponible
el Informe económico sobre la reserva
de actividad de arquitectos y arquitectos
técnicos en la inspección técnica de
edificios de viviendas en Cataluña UM
33/15).

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